DERECHOS DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES:
Los derechos del niño son aquellos derechos que poseen los niños y
adolescentes. Todos y cada uno de los derechos de la infancia son
inalienables e irrenunciables, por lo que ninguna persona puede
vulnerarlos o desconocerlos bajo ninguna circunstancia.
Derechos: son libertades individuales o sociales garantizados por la máxima ley, con el fin de brindar protección y seguridad a todos los ciudadanos. En nuestro país, estos derechos están en la Constitución Nacional.
Derechos: son libertades individuales o sociales garantizados por la máxima ley, con el fin de brindar protección y seguridad a todos los ciudadanos. En nuestro país, estos derechos están en la Constitución Nacional.
Derechos de supervivencia:
En este grupo tenemos los siguientes derechos:
- A la vida.
- A conocer a sus progenitores y mantener relaciones afectivas personales, regulares,
permanentes con ellos y sus parientes. - A tener una familia y a la convivencia familiar; niños, niñas y adolescentes tienen
derecho a vivir y desarrollarse con su familia biológica excepto cuando esto sea imposible o vaya en contra de su interés superior. - Protección prenatal.
- A la lactancia materna, para asegurar el vínculo afectivo con su madre y un adecuado
desarrollo y nutrición. - Atención en el embarazo y parto, en condiciones adecuadas, tanto para el niño o niña
como para la madre, especialmente en caso de madres adolescentes. - A una vida digna, en condiciones socioeconómicas que permitan su desarrollo integral, una alimentación nutritiva, equilibrada y suficiente; recreación y juegos, educación de calidad, vestuario y vivienda con todos los servicios básicos.
- A la salud, acceso permanente a servicios de salud públicos y medicina gratuita.
- A la seguridad social, a sus prestaciones y servicios.
- A un ambiente sano.
Derechos al desarrollo
En este grupo tenemos los siguientes derechos:
- A la identidad, a un nombre, nacionalidad, relaciones de familia.
- A conservar, desarrollar, fortalecer y recuperar la identidad cultural, así como los valores espirituales, culturales, religiosos, lingüísticos, políticos y sociales. Se deberá respetar la cultura de pueblos y nacionalidades indígenas, pueblo afroecuatoriano y pueblo montubio, su cosmovisión, realidad cultural y conocimientos de cada pueblo o nacionalidad.
- A la identificación, lo que significa que deberán ser inscritos de manera inmediata y con los correspondientes apellidos paterno y materno.
- A la educación que sea de calidad, respete la cultura del lugar, convicciones éticas, morales, religiosas. La educación pública es gratuita y laica. Las instituciones educativas deberán brindar este servicio con equidad, calidad y oportunidad. Los padres y madres tienen la obligación de matricular a sus hijos e hijas en planteles educativos. Queda prohibido la aplicación de sanciones corporales y psicológicas que atenten a la dignidad de los niños, niñas y adolescentes.
- A la vida cultural, a participar libremente en expresiones de carácter cultural.
- A la información, a buscar y escoger información, que sea adecuada, veraz, pluralista y que brinde orientación y educación crítica.
- A la recreación y al descanso, al deporte, a la práctica de juegos en espacios apropiados, seguros y accesibles, y en especial de juegos tradicionales.
Derechos a la protección
En este grupo tenemos los siguientes derechos:
- Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a que se respete su integridad personal.
- Derecho a la libertad personal, dignidad, reputación, honor e imagen.
- Derecho a la privacidad y a la inviolabilidad del hogar y las formas de comunicación.
- Derecho a la reserva de la información sobre antecedentes penales.
- Derecho de los niños, niñas y adolescentes con discapacidades o necesidades especiales.
- Derecho de los hijos e hijas de las personas privadas de libertad.
- Derecho a protección especial en casos de desastres y conflictos armados.
- Derecho de los niños, niñas y adolescentes refugiados.
- Derecho al medio ambiente sano. -A través de los medios de comunicación, en la escuela y en los libros de texto, escuchamos o leemos sobre la importancia del medio ambiente en la vida de las personas.
Pues bien: vivir en un ambiente sano es un derecho de los niños, niñas y adolescentes. - Derecho a la integridad personal.-Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser respetados en su dignidad de persona y en su integridad física, síquica, moral y sexual.
Derechos de participación
En este grupo tenemos los siguientes derechos:
- La libertad de expresión, buscar, recibir, difundir ideas salvo aquellas que atenten el orden público, la salud, la moral pública o los derechos y libertades de las demás personas.
- A ser consultados en asuntos que les afecte.
- A la libertad de pensamiento, conciencia y religión.
- A la libertad de reunión de manera pública y pacífica.
- A la libertad de asociación con fines lícitos, sin fines de lucro, especialmente para asociaciones estudiantiles, deportivas, culturales, laborales o comunitarias.
OBLIGACIONES DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES:
Las obligaciones son reglas, leyes y normas que regulan nuestra convivencia en la sociedad. Además
de tener Derechos los Niños y los Adolescentes tienen obligaciones, que los
deben cumplir para hacer que se cumplan sus Derechos. Sus obligaciones son:
- Honrar la Patria respetando sus símbolos, héroes y heroínas.
- Valorar y respetar a la familia, honrando y obedeciendo a los padres responsables.
- Actuar apegados a los principios de la convivencia democrática y la solidaridad social y humana.
- Cumplir las responsabilidades escolares, familiares y comunitarias.
- Respetar el medio ambiente.
- Respetar y cumplir las leyes.
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
Códigos de la niñez y adolescencia
Art. 44.- El Estado, la sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurarán el ejercicio pleno de sus derechos; se atenderá al principio de su interés superior y sus derechos prevalecerán sobre los de las demás
personas.
Las niñas, niños y adolescentes tendrán derecho a su desarrollo integral, entendido como proceso de crecimiento, maduración y despliegue de su intelecto y de sus capacidades, potencialidades y aspiraciones, en un entorno familiar, escolar, social y comunitario de afectividad y seguridad.
Este entorno permitirá la satisfacción de sus necesidades sociales, afectivo-emocionales y culturales, con el apoyo de políticas intersectoriales nacionales y locales.
Art. 45.- Las niñas, niños y adolescentes gozarán de los derechos comunes del ser humano, además de los específicos de su edad. El Estado reconocerá y garantizará la vida, incluido el cuidado y protección desde la concepción.
Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la integridad física y psíquica; a su identidad, nombre y ciudadanía; a la salud integral y nutrición; a la educación y cultura, al deporte y recreación; a la seguridad social; a tener una familia y disfrutar de la convivencia familiar y comunitaria; a la participación social; al respeto de su libertad y dignidad; a ser consultados en los asuntos que les afecten; a educarse de manera prioritaria en su idioma y en los contextos culturales propios de sus pueblos y nacionalidades; y a recibir información acerca de sus progenitores o familiares ausentes, salvo que fuera perjudicial para su bienestar.
El Estado garantizará su libertad de expresión y asociación, el funcionamiento libre de los consejos estudiantiles y demás formas asociativas.
Art. 46.- El Estado adoptará, entre otras, las siguientes medidas que aseguren a las niñas, niños y adolescentes:
1. Atención a menores de seis años, que garantice su nutrición, salud, educación y cuidado diario en un marco de protección integral de sus derechos.
2. Protección especial contra cualquier tipo de explotación laboral o económica. Se prohíbe el trabajo de menores de quince años, y se implementarán políticas de erradicación progresiva del trabajo infantil. El trabajo de las adolescentes y los adolescentes será excepcional, y no podrá conculcar su derecho a la educación ni realizarse en situaciones nocivas o peligrosas para su salud o su desarrollo
personal. Se respetará, reconocerá y respaldará su trabajo y las demás actividades siempre que no atenten a su formación y a su desarrollo integral.
3. Atención preferente para la plena integración social de quienes tengan discapacidad. El Estado garantizará su incorporación en el sistema de
educación regular y en la sociedad.
4. Protección y atención contra todo tipo de violencia, maltrato, explotación sexual o de cualquier otra índole, o contra la negligencia que provoque tales situaciones.
5. Prevención contra el uso de estupefacientes o psicotrópicos y el consumo de bebidas alcohólicas y otras sustancias nocivas para su salud y desarrollo.
6. Atención prioritaria en caso de desastres, conflictos armados y todo tipo de emergencias.
7. Protección frente a la influencia de programas o mensajes, difundidos a través de cualquier medio, que promuevan la violencia, o la discriminación racial o de género. Las políticas públicas de
comunicación priorizarán su educación y el respeto a sus derechos de imagen, integridad y los demás específicos de su edad. Se establecerán limitaciones y sanciones para hacer efectivos estos derechos.
8. Protección y asistencia especiales cuando la progenitora o el progenitor, o ambos, se encuentran privados de su libertad.
9. Protección, cuidado y asistencia especial cuando sufran enfermedades crónicas o degenerativas.
personas.
Las niñas, niños y adolescentes tendrán derecho a su desarrollo integral, entendido como proceso de crecimiento, maduración y despliegue de su intelecto y de sus capacidades, potencialidades y aspiraciones, en un entorno familiar, escolar, social y comunitario de afectividad y seguridad.
Este entorno permitirá la satisfacción de sus necesidades sociales, afectivo-emocionales y culturales, con el apoyo de políticas intersectoriales nacionales y locales.
Art. 45.- Las niñas, niños y adolescentes gozarán de los derechos comunes del ser humano, además de los específicos de su edad. El Estado reconocerá y garantizará la vida, incluido el cuidado y protección desde la concepción.
Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la integridad física y psíquica; a su identidad, nombre y ciudadanía; a la salud integral y nutrición; a la educación y cultura, al deporte y recreación; a la seguridad social; a tener una familia y disfrutar de la convivencia familiar y comunitaria; a la participación social; al respeto de su libertad y dignidad; a ser consultados en los asuntos que les afecten; a educarse de manera prioritaria en su idioma y en los contextos culturales propios de sus pueblos y nacionalidades; y a recibir información acerca de sus progenitores o familiares ausentes, salvo que fuera perjudicial para su bienestar.
El Estado garantizará su libertad de expresión y asociación, el funcionamiento libre de los consejos estudiantiles y demás formas asociativas.
Art. 46.- El Estado adoptará, entre otras, las siguientes medidas que aseguren a las niñas, niños y adolescentes:
1. Atención a menores de seis años, que garantice su nutrición, salud, educación y cuidado diario en un marco de protección integral de sus derechos.
2. Protección especial contra cualquier tipo de explotación laboral o económica. Se prohíbe el trabajo de menores de quince años, y se implementarán políticas de erradicación progresiva del trabajo infantil. El trabajo de las adolescentes y los adolescentes será excepcional, y no podrá conculcar su derecho a la educación ni realizarse en situaciones nocivas o peligrosas para su salud o su desarrollo
personal. Se respetará, reconocerá y respaldará su trabajo y las demás actividades siempre que no atenten a su formación y a su desarrollo integral.
3. Atención preferente para la plena integración social de quienes tengan discapacidad. El Estado garantizará su incorporación en el sistema de
educación regular y en la sociedad.
4. Protección y atención contra todo tipo de violencia, maltrato, explotación sexual o de cualquier otra índole, o contra la negligencia que provoque tales situaciones.
5. Prevención contra el uso de estupefacientes o psicotrópicos y el consumo de bebidas alcohólicas y otras sustancias nocivas para su salud y desarrollo.
6. Atención prioritaria en caso de desastres, conflictos armados y todo tipo de emergencias.
7. Protección frente a la influencia de programas o mensajes, difundidos a través de cualquier medio, que promuevan la violencia, o la discriminación racial o de género. Las políticas públicas de
comunicación priorizarán su educación y el respeto a sus derechos de imagen, integridad y los demás específicos de su edad. Se establecerán limitaciones y sanciones para hacer efectivos estos derechos.
8. Protección y asistencia especiales cuando la progenitora o el progenitor, o ambos, se encuentran privados de su libertad.
9. Protección, cuidado y asistencia especial cuando sufran enfermedades crónicas o degenerativas.
CRITERIOS DE LAS INTEGRANTES DEL GRUPO:
Adriana Carpio
Todos los niños y adolescentes debemos hacer cumplir los derechos porque no por ser pequeños nuestros ideas criterios y bienestar no tienen valor, el cumplimiento de estos derechos a mejorado la calidad de vida de muchos niños y adolescentes Ecuatorianos. Todos somos iguales por lo tanto todos tenemos los mismos derechos sin discriminación alguna y no deben ser incumplidos bajo ninguna circunstancia.
Nosotros también debemos de cumplir con nuestras obligaciones hacia la patria y hacia nuestra comunidad como no botar basura a la calle, colaborar en el mantenimiento de las buenas condiciones de los servicios públicos, etc. Nosotros debemos ser buenos ciudadanos.
Gracias a los artículos de la Constitución Ecuatoriana estos derechos toman un valor significante, el cual se hace cumplir con estas leyes beneficiando a cada niño y adolescente del Ecuador.
Valeria Moreno
Los derechos de los niños y adolescentes son importantes en la vida de cada uno ya que son menores de edad y merecen respeto mientras que las obligaciones también son fundamentales, son las que forman a cada menor guiándolos hacia un camino de bien y formándolos para ser cada día mejores. Al no cumplir con los derechos de estos estaría siendo una falta siempre y cuando el menor cumpla con sus obligaciones.
Mirka Moreno
Todos los niños y adolescentes tenemos que hacer que se cumplan nuestros derechos y obligaciones, nadie debe discriminar a nadie... Por ejemplo el mayor derecho y con el que nacimos fue el de la vida, derecho a ser libres, a jugar, en fin. Gracias a los articulos de la constitucion ecuatoriana y al esfuerzo de la gente para ayudarnos hizo que estos derechos y obligaciones se cumplan tal y como son.
Nosotros también debemos de cumplir con nuestras obligaciones hacia la patria y hacia nuestra comunidad como no botar basura a la calle, colaborar en el mantenimiento de las buenas condiciones de los servicios públicos, etc. Nosotros debemos ser buenos ciudadanos.
Gracias a los artículos de la Constitución Ecuatoriana estos derechos toman un valor significante, el cual se hace cumplir con estas leyes beneficiando a cada niño y adolescente del Ecuador.
Valeria Moreno
Los derechos de los niños y adolescentes son importantes en la vida de cada uno ya que son menores de edad y merecen respeto mientras que las obligaciones también son fundamentales, son las que forman a cada menor guiándolos hacia un camino de bien y formándolos para ser cada día mejores. Al no cumplir con los derechos de estos estaría siendo una falta siempre y cuando el menor cumpla con sus obligaciones.
Mirka Moreno
Todos los niños y adolescentes tenemos que hacer que se cumplan nuestros derechos y obligaciones, nadie debe discriminar a nadie... Por ejemplo el mayor derecho y con el que nacimos fue el de la vida, derecho a ser libres, a jugar, en fin. Gracias a los articulos de la constitucion ecuatoriana y al esfuerzo de la gente para ayudarnos hizo que estos derechos y obligaciones se cumplan tal y como son.